Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la calificación de una actividad de capacitación incluida en el Plan Anual de Capacitación 2015 de un servicio de salud, cuya única exigencia para aprobar era la asistencia. Concluyó que, conforme a la ley N° 18.834, sólo procede calificarla como capacitación voluntaria respecto del personal para el cual la asistencia era el único requisito de aprobación. Además, constató que las bases técnicas de la licitación no especificaron los instrumentos de evaluación de los participantes, lo que infringe el artículo 22, N° 2, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley N° 19.886. Agregó que dicha forma de evaluación no podía definirse posteriormente por el servicio, pues debía fijarse en el pliego de condiciones para respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de los oferentes.