Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por una ciudadana en contra de la Municipalidad de Buin, por falta de entrega de información pública. El Consejo constató que, con fecha 28 de abril, el municipio remitió al correo electrónico de la requirente la información que sobre lo consultado obraba en su poder, cumpliendo así su obligación de informar. Por ello, el Consejo rechazó el amparo por unanimidad. La resolución indica que contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro de 15 días corridos desde su notificación, conforme a la Ley de Transparencia, y que no procede el recurso de reposición.