Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una funcionaria técnica de un hospital dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, quien cuestionaba el grado en que se encontraba ubicada, a su juicio sin correspondencia con sus calificaciones y antigüedad. El centro asistencial no evacuó el informe requerido, por lo que el organismo resolvió sin ese antecedente. Según el artículo 102 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, la promoción en las plantas de técnicos se efectúa mediante acreditación de competencias y un escalafón de mérito anual, siendo promovido el primero en orden decreciente ante una vacante. El dictamen concluye que la antigüedad y la evaluación no determinan por sí solas el derecho a un mejor grado, y que la recurrente podrá ascender solo si se somete a la acreditación y obtiene una ubicación que permita su promoción según las vacantes existentes.