Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de aclaración de una funcionaria de Carabineros de Chile, quien pedía precisar un dictamen anterior relativo al reconocimiento, para efectos de pensión de retiro en la Caja de Previsión de Carabineros de Chile, de un período trabajado en el Hospital de Carabineros mientras estaba afiliada a una administradora de fondos de pensiones. El organismo consideró que dicho período era el mismo ya analizado y que, conforme a los artículos 5° de la ley N° 18.458 y 85 del D.F.L. N° 2, de 1968, Estatuto del Personal de Carabineros, debía computarse como válido para el retiro siempre que fuera un servicio válidamente prestado en una institución armada o en un cargo fiscal o semifiscal, no paralelo y no considerado para otra jubilación. En consecuencia, ratificó el dictamen N° 26.928, de 2009.