Resumen
La Contraloría General de la República emitió un dictamen en materia previsional respecto de una funcionaria de Carabineros de Chile que solicitó computar para pensión y tiempo efectivo los servicios prestados como contratada por resolución de manera paralela a su cargo de planta. El órgano concluyó que esos servicios paralelos no son computables para acceder a pensión ni para sumar tiempo efectivo, por lo que rechazó la petición en ese sentido. Asimismo, indicó que no procede el traspaso de las cotizaciones enteradas en una administradora de fondos de pensiones por desempeños paralelos, conforme a criterios previos del organismo. No obstante, reconoció que los períodos previos prestados bajo contratación por resolución y cotizados en una AFP, seguidos de un nombramiento en planta que la adscribe a la Dirección de Previsión de Carabineros, deben considerarse como servicios efectivos para configurar pensión, siempre que cumplan los demás requisitos legales.