La Dirección General de Aguas está obligada a aplicar los procedimientos administrativo…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2009
Resumen
La Dirección General de Aguas está obligada a aplicar los procedimientos administrativos previstos en el Título I, del Libro Segundo del Código de Aguas, de manera regular, careciendo de atribuciones para resolver discrecionalmente la suspensión de la tramitación de las solicitudes de derechos de aprovechamiento de aguas, en ninguna de las fases que al efecto establece la preceptiva en referencia, otorgando, si procede legalmente, los derechos de aprovechamiento de aguas requeridos, o denegándolos, en su caso
Normas citadas
Ley N° 18.575
Ley N° 19.880
Código de Aguas
DFL 1
DFL 1122
Oficio N° 745
Artículo 5° del Código de Aguas
Artículo 3° de la ley N° 18.575
ContraloríaCGRdictamenaguas
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.