Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital San Juan de Dios de Santiago por la negativa a entregar información sobre eventos adversos ocurridos en un período determinado en ese recinto asistencial. El Consejo concluyó que la información obra en poder del hospital y tiene carácter público, al no haberse acreditado suficientemente la causal de reserva de distracción indebida. Asimismo, representó al director del hospital la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad del artículo 11, letra h), por no responder al solicitante dentro del plazo legal, y la falta de colaboración al no contestar el traslado del amparo, en infracción al artículo 34 de la misma ley. Contra la decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación, sin que proceda el recurso de reposición.