Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Puerto Varas, por la negativa a entregar los antecedentes relativos a las correcciones consultadas por la requirente. El Consejo desestimó la causal de afectación al debido cumplimiento de las funciones del órgano que la municipalidad había invocado para denegar el acceso. En consecuencia, ordenó la entrega de la información. La decisión advierte que, una vez firme, su incumplimiento puede ser sancionado conforme al artículo 46 de la Ley de Transparencia, con multas y, en caso de persistencia de la autoridad requerida, con el duplo de la sanción y suspensión en el cargo. Además, se exige acreditar la entrega efectiva de la información. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.