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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Puerto Varas por la denegación de información sobre el proyecto del Plan Regulador Comunal de la comuna, en el periodo solicitado. El órgano había denegado el acceso porque la documentación se encontraba en trámite de toma de razón en la Contraloría Regional de Los Lagos. El Consejo resolvió que dicha circunstancia no constituye obstáculo para la divulgación, conforme a su jurisprudencia reiterada, y ordenó entregar copia de la documentación pertinente, previa eliminación de los datos personales de contexto. Se dispuso un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, con acreditación de la entrega ante el Consejo, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de quince días corridos, salvo las limitaciones que la ley establece para los órganos de la Administración.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoGestión y administración territorial (Urbanismo)

Preguntas frecuentes

¿Puede un municipio negarse a entregar información sobre un Plan Regulador Comunal porque está en trámite de toma de razón en la Contraloría?

No, según este Consejo para la Transparencia. En este caso, resolvió que el hecho de que la documentación esté en trámite de toma de razón en la Contraloría no constituye obstáculo para su divulgación, conforme a su jurisprudencia reiterada.

¿Qué debe hacer la Municipalidad si el Consejo para la Transparencia acoge un amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo ordenó entregar copia de la documentación pertinente, previa eliminación de los datos personales de contexto, en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando la entrega ante el Consejo.

¿Contra una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información, qué recurso procede?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos, salvo las limitaciones que la ley establece para los órganos de la Administración.

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