Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una servidora regida por el Código del Trabajo que pretendía acumular el feriado no utilizado correspondiente a 2013, o su compensación en dinero, por haber permanecido con licencias médicas y maternales. El organismo concluyó, en armonía con su dictamen N° 40.388 de 2013, que el feriado corresponde a cada año calendario y que su acumulación exige el acuerdo concordante de empleador y trabajador, no siendo posible cuando se pide únicamente porque el servidor estuvo impedido de usarlo por reposos médicos. Tampoco procede la compensación en dinero, por no permitirlo el artículo 73, inciso primero, del Código del Trabajo. Respecto del feriado de 2014, señaló que el establecimiento informó que podrá utilizarlo al reintegrarse, siempre que cuente con días hábiles disponibles. Por último, constató que los bonos de término de conflicto de 2011 y 2012 ya habían sido pagados, por lo que ese reclamo quedó solucionado.