Resumen del criterio jurisprudencial
Luis Esteban Rivera Alarcón, candidato a Concejal por la comuna de Mulchén, reclamó contra la resolución N°G17111 del Director del Servicio Electoral que aprobó con una observación la cuenta de ingresos y gastos de su candidatura y autorizó un reembolso de $127.670. La observación consistía en que la candidatura declaró un aporte propio en dinero de $400.000 pero no informó ni adjuntó documentación que acreditara la fuente de financiamiento. El reclamante sostuvo que el aporte provino de su cuenta bancaria personal y adjuntó comprobantes de giro y depósito. El Tribunal consideró que la documentación era insuficiente para dilucidar la fuente de financiamiento, conforme al artículo 47 de la Ley N°19.884. En consecuencia, rechazó la reclamación.