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El 28 de abril de 2026, el Tribunal Calificador de Elecciones conoció la reclamación pr…

Resumen del criterio jurisprudencial

El 28 de abril de 2026, el Tribunal Calificador de Elecciones conoció la reclamación presentada por Yesenia Coralia Figueroa Alfaro, en representación del candidato Patricio Francisco Riveros Zepeda, contra la resolución N°G7681 del Director del Servicio Electoral que había aprobado la cuenta de ingresos y gastos y autorizado un reembolso de $448.500. La reclamante solicitó, además del reembolso ya autorizado, la devolución de $749.700 correspondiente a la factura N°663 emitida el 24 de octubre de 2024 por la proveedora Susana Jeanette Vergara Alvarado. El Servicio Electoral informó que no autorizó dicho reembolso porque, según información del Servicio de Impuestos Internos y la Resolución N°45 de 2003, existía una nota de crédito que modificó la glosa de la factura. El Tribunal, tras analizar la documentación, consideró que la presencia de la nota de crédito impedía la autorización del reembolso solicitado. En consecuencia, se rechazó la reclamación y se confirmó la decisión del Director del Servicio Electoral.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.