AdministrativoAcoge

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Isla de Maipo, ordenánd…

Resumen del criterio jurisprudencial

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Isla de Maipo, ordenándose la entrega sobre el uso de automóviles asignados a la Alcaldía (decretos alcaldicios que asignan su uso, informe mensual de gasto de combustible y kilometraje, representaciones, bitácoras de trayecto, entre otros antecedentes). Lo anterior por cuanto, la información reclamada dice relación con un bien dispuesto para el desarrollo de la función pública, cuyos costos de operación son financiados por el presupuesto municipal, resultando esperable que, para dicha operación, se cuente con respaldos documentales que den cuenta de la utilización del vehículo, existiendo sobre dicho aspecto un legítimo interés de control social. Asimismo, este Consejo ha establecido que se encuentran amparadas por la Ley de Transparencia aquellas solicitudes que se refieran a información que puede desprenderse de los registros, antecedentes y fuentes de datos que el organismo reclamado mantenga en su poder. Adicionalmente, se encuentren asiladas por la Ley de Transparencia aquellas peticiones que implican elaborar documentos o respuestas, en tanto la información que allí se vuelque obre en poder de la Administración y no suponga un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional. Se desestimó la configuración de la causal de reserva o secreto de distracción indebida de los funcionarios del órgano, al no haber justificado ni acreditado de manera debida, los presupuestos que la ley y la jurisprudencia de este Consejo, han determinado para su configuración. Se descartó la verificación de las hipótesis de reserva previstas en el artículo 21° N°2 y Nº3 de la Ley de Transparencia, por cuanto el órgano recurrido no aportó suficientes antecedentes que permitan acreditar de manera indubitada y fehaciente el modo en que la develación de la información consultada produciría una afectación presente o probable con suficiente especificidad a los bienes jurídicos cautelados en dichas hipótesis de excepción. En adecuación de las circunstancias de hecho expuestas por la reclamada, se concederá un plazo adicional para dar respuesta al presente procedimiento En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia.

amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.