Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta relativa al Centro de Referencia de Salud de Maipú acerca de si el tiempo en que sus funcionarios se ausentan de sus puestos puede considerarse para el pago de las asignaciones de responsabilidad y de estímulo a la función. Según el dictamen, las asignaciones previstas en el artículo 3°, números 3.2 y 3.3, de la resolución N° 26, de 2004, de los Ministerios de Salud, Hacienda y ex Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se pagan en forma proporcional a las horas efectivamente dedicadas a las funciones que indican. Con base en criterios de dictámenes anteriores sobre una norma similar, el organismo concluyó que el ejercicio efectivo de las labores es un requisito indispensable para percibir estos beneficios. Por ello, resolvió que el tiempo de feriado legal, descanso pre y post natal, y permisos con goce de remuneraciones y gremiales no puede considerarse para el pago de dichas asignaciones.