Laboral

Si de modo excepcional al término de la relación laboral, el trabajador no hizo uso de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Si de modo excepcional al término de la relación laboral, el trabajador no hizo uso de los 7 domingos de descanso establecido por la Ley N°20.823, debido a que no se completó la anualidad, dichos días, deberán ser pagados, en la forma establecida en el cuerpo del presente informe.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.