Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo por denegación de acceso a información en contra de la Subsecretaría de Educación, fundado en la falta de derivación oportuna del requerimiento de información. El Consejo determinó que, habiendo sido identificado el Archivo Nacional como organismo con competencia en la materia, la Subsecretaría no derivó de inmediato la solicitud a dicha institución, conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia, y por ello acogió el amparo solo en ese aspecto. Como medida de facilitación, el Consejo dispuso remitir de oficio la solicitud al Archivo Nacional y, por publicidad y máxima divulgación, entregar al requirente copia del acta de búsqueda y del oficio de transferencia presentados por el órgano en sus descargos. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.