Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo interpuesto por un particular contra la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, que había solicitado copia de todos los expedientes de investigaciones sumarias instruidas desde 2008. El Consejo rechazó el amparo respecto de las investigaciones sumarias no afinadas, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra b) de la Ley de Transparencia, al tratarse de antecedentes previos sobre los que el órgano aún debe adoptar una resolución. Respecto de los procesos disciplinarios ya afinados, lo rechazó por concurrir la causal del artículo 21 N° 1 letra c), vinculada a la distracción indebida de funcionarios, dada la cantidad de tiempo y recursos que demandaría la búsqueda y sistematización de la información. Ordenó además al organismo informar al reclamante y al Consejo una vez adoptada la resolución en que incide la solicitud, y se dejó constancia de que el solicitante puede presentar un nuevo requerimiento más acotado.