Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por una ciudadana en contra de la Municipalidad de Llanquihue, por la falta de entrega oportuna de información solicitada en el marco de la Ley de Transparencia. Durante la tramitación, el órgano otorgó una respuesta complementaria y se allanó al fundamento del amparo, indicando que la información reclamada se encuentra permanentemente disponible al público en el portal de transparencia activa, en el ítem de viáticos percibidos, con descarga de planillas y del acto administrativo que autorizó el viático conforme al decreto ley N°249, de 1974, del Ministerio de Hacienda. Por ello, el Consejo acogió el amparo solo en cuanto a la entrega extemporánea de la información, teniendo por cumplida la obligación de informar con la notificación del acuerdo. La decisión fue adoptada por unanimidad y, contra ella, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos.