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AdministrativoRechaza

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra de la Municipalidad de Quillota, que reclamaba la entrega de una copia de una patente municipal de actividad comercial vinculada al estacionamiento de camiones y maquinaria en un predio determinado. La municipalidad alegó la inexistencia de la información solicitada, y el Consejo no encontró antecedentes que permitieran desvirtuar esa afirmación. Por ello rechazó el amparo. Además, estimó que lo planteado por el reclamante apuntaba más bien a cuestionar el contenido de la respuesta recibida, en particular la falta de explicación sobre por qué aún no se otorgaba la patente, materia que escapa a su competencia en el derecho de acceso a la información pública.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Oficio N° 343
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si un organismo público alega que la información solicitada no existe y no hay antecedentes que lo desvirtúen en un amparo por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque la municipalidad alegó la inexistencia de la información y no encontró antecedentes que permitieran desvirtuar esa afirmación.

¿Puede el Consejo para la Transparencia pronunciarse sobre por qué un organismo público no ha otorgado una autorización o patente municipal?

En este caso, el Consejo estimó que el reclamo buscaba cuestionar el contenido de la respuesta, en particular la falta de explicación sobre la no entrega de la patente, materia que escapa a su competencia en el derecho de acceso a la información pública.

¿Qué debe hacer una persona si una municipalidad no le entrega una copia de una patente comercial y le responde que no existe?

En este caso, el reclamante acudió al Consejo para la Transparencia mediante un amparo, que fue rechazado por falta de antecedentes que contradijeran la inexistencia alegada por la Municipalidad de Quillota.

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