Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo deducido contra el Servicio Nacional de Migraciones por no entregar respuesta a una solicitud de acceso a información. El Consejo acogió el amparo solo en cuanto el órgano no derivó oportunamente el requerimiento al Archivo Nacional, por lo que ordenó su derivación a dicho organismo para que se pronuncie sobre lo pedido. Además, tuvo por entregada, aunque de manera extemporánea, la información sobre las respuestas a las reconsideraciones, pues los antecedentes se aportaron recién con los descargos. Se representó al órgano la infracción a los artículos 13 y 14 de la Ley de Transparencia, y al principio de oportunidad del artículo 11 letra h), con el fin de evitar que se reiteren. La decisión puede reclamarse de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde su notificación.