Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido en contra de la Superintendencia de Pensiones, que había negado el acceso a copia de las notas explicativas de los informes diarios D1 de las AFP, desde 1981 hasta la fecha de la solicitud. La Superintendencia invocó la causal de reserva por distracción indebida y la afectación de derechos económicos y comerciales de las AFP, pero el Consejo estimó que ninguna de ellas fue debidamente acreditada respecto del período de 1981 a agosto de 2002. En consecuencia, ordenó la entrega de la información en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal, y exigió acreditar su entrega. La decisión se fundó en un criterio ya adoptado en un amparo anterior, confirmado por la Corte de Apelaciones de Santiago.