Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una exfuncionaria contra la destitución que le aplicó una Secretaría de Estado tras un sumario administrativo. El órgano de control reiteró que, una vez tomada razón de un acto que aplica una sanción, esta solo puede modificarse si se acredita un vicio de legalidad o hechos nuevos de entidad suficiente, lo que no ocurrió en el caso. Sin embargo, examinó la alegación de que se le descontó el cincuenta por ciento de su remuneración antes de la vista fiscal. Conforme al artículo 136 de la ley N° 18.834, esa privación solo procede desde que el instructor emite la vista fiscal, y en el caso las liquidaciones mostraban descuentos desde septiembre de 2011, antes de que se emitiera el dictamen. Por ello, el organismo resolvió que corresponde restituir a la exfuncionaria la parte de sus remuneraciones de septiembre a diciembre de 2011 de que fue indebidamente privada.