Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de una funcionaria que quedó afectada por una inhabilidad sobrevenida, originada en que el jefe superior del servicio, con quien tiene parentesco, fue designado con posterioridad a su nombramiento. El órgano concluyó que la funcionaria se encuentra amparada por la norma protectora del artículo 64 de la ley N° 18.575, por lo que puede conservar su empleo y continuar desempeñándose en la misma unidad, sin que sea necesario trasladarla. Asimismo, recordó que el jefe de servicio debe abstenerse de intervenir en cualquier asunto relativo a la situación funcionaria de la servidora, conforme al principio de probidad administrativa previsto en el artículo 62, N° 6, de la misma ley.