Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra la Municipalidad de Lumaco, relativo a la información sobre el pago de permisos de circulación. Se ordenó la entrega de la información solicitada, pero se rechazó la divulgación de los datos de las patentes consultadas cuando correspondían a personas naturales, por concurrir la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia. La resolución advierte que el incumplimiento de la orden, una vez firme, puede acarrear multas sobre la remuneración del jefe del servicio y, en caso de persistencia, la duplicación de la sanción y la suspensión en el cargo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos.