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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado en contra de la Municipalidad de Lumaco. La solicitud buscaba información sobre equipamientos deportivos, áreas verdes y servicios públicos de la comuna, georreferenciada o, en su defecto, con la dirección de cada equipamiento. El Consejo estimó que se trataba de información pública de competencia municipal, que el órgano no acreditó su entrega ni invocó causales de secreto o circunstancias de hecho que ponderar. Se ordenó entregar la información en un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando su entrega, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia. Además, se representó al Alcalde la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia, por no responder la solicitud dentro del plazo legal. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.695
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un municipio puede negarse a entregar información sobre equipamientos deportivos y áreas verdes de la comuna si no la tiene georreferenciada?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que se trataba de información pública de competencia municipal y que el órgano no acreditó su entrega ni invocó causales de secreto, por lo que acogió el amparo y ordenó entregarla.

¿Qué plazo tiene un municipio para cumplir una resolución del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, se ordenó entregar la información en un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando su entrega, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia.

¿Cuál es el plazo para presentar un reclamo de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia?

Según esta resolución, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.

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