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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la SEREMI de Salud…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la SEREMI de Salud de la Región de Arica y Parinacota, relativo a la solicitud de un particular que requería copia de sus antecedentes de salud ocupacional, incluyendo evaluaciones, reevaluaciones, historia ocupacional, evaluación del puesto de trabajo y exámenes médicos. El Consejo concluyó que el organismo no acreditó haber agotado todos los medios a su disposición para ubicar la información, conforme al estándar de búsqueda de la Instrucción General N°10. Por ello ordenó entregar lo requerido en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y acreditar la entrega ante el Consejo. Si tras una búsqueda exhaustiva los antecedentes no existieren, el organismo deberá declararlo expresa y fundadamente. Además, derivó de oficio la solicitud al Servicio de Salud Arica para que se pronuncie según sus competencias.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un organismo público si no logra ubicar antecedentes de salud ocupacional que un particular solicitó por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que el organismo debía agotar todos los medios para ubicar la información conforme a la Instrucción General N°10. Si tras una búsqueda exhaustiva no existían, debía declararlo expresa y fundadamente.

¿Qué plazo tiene un organismo para entregar información tras un amparo acogido por el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó entregar lo requerido en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia. El organismo debía además acreditar la entrega ante el Consejo.

¿Puede el Consejo para la Transparencia derivar una solicitud a otro organismo cuando el amparo versa sobre información de salud?

En este caso, el Consejo derivó de oficio la solicitud al Servicio de Salud Arica para que se pronunciara según sus competencias. Lo hizo además de acoger el amparo contra la SEREMI de Salud de la Región de Arica y Parinacota.

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