Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la procedencia de la bonificación por retiro establecida en las leyes N° 20.387 y 20.475 para un funcionario municipal que cesó en sus funciones por jubilación por vejez. El organismo concluyó que dicho beneficio exige como requisito esencial que el servidor se desvincule mediante la aceptación de una renuncia voluntaria, condición que no se cumple en el caso de la jubilación por edad, la cual constituye una causal de cesación distinta prevista en el artículo 144, letra b), de la ley N° 18.883. Por ello, el dictamen determina que la jubilación por vejez no confiere derecho a la bonificación, ya que su finalidad es incentivar la dimisión voluntaria del personal.