Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una ex funcionaria de la Corporación de Desarrollo Social de Buin, que reclamaba el bono establecido en la ley N° 20.305. El organismo concluyó que la recurrente no tiene derecho a la bonificación. Según el artículo 2° de dicha ley, los servidores deben cumplir la edad requerida y, dentro de un plazo único de 12 meses desde ese cumplimiento, solicitar el bono y cesar en funciones. En el caso, la interesada cumplió 60 años de edad, pero cesó en sus funciones fuera de ese plazo y no solicitó el beneficio oportunamente. La Contraloría desestimó su alegación de haber requerido el bono a tiempo, por no constar en los antecedentes, y también la de falta de orientación del Servicio, pues la ignorancia de la ley no excusa su cumplimiento conforme al artículo 8° del Código Civil.