Resumen
La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre la revisión de una pensión otorgada bajo el régimen de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares y sobre la procedencia de un bono de reconocimiento. Citó el artículo 6° de la ley N° 17.671 y el artículo 46 y 47 de la ley N° 20.255, que atribuyen la materia a la Superintendencia de Pensiones, la que debe impartir las instrucciones a las cajas de previsión. Además, rechazó la devolución de cotizaciones enteradas en el antiguo sistema de reparto, pues el artículo 4° del decreto ley N° 1.695 derogó las normas que permitían su retiro al desafiliarse, y las cotizaciones forman un fondo común sin titularidad individual. En consecuencia, desestimó las pretensiones del recurrente.