Resumen del criterio jurisprudencial
Servicio de Bienestar. Afiliación. La exigencia de tres meses de antigüedad impuesta por un Servicio de Bienestar para la afiliación de funcionarios contraviene lo dispuesto por el D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Distinto es que el Servicio de Bienestar sí puede mantener "períodos de carencia" para el acceso a beneficios específicos