Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la posibilidad de que el Director de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Tierra Amarilla asuma la función de D.T.T.P.. El dictamen constata que dicho cargo no figura en la planta de personal municipal aprobada por el decreto con fuerza de ley N° 311-19.321, de 1994, por lo que no procede nombrar a un titular, sino encomendar las funciones. Reconoce la encomendación como medida de buena administración para labores imprescindibles que no pueden cumplirse mediante un cargo de planta. Como esas tareas son resolutivas, decisorias o ejecutivas, deben ser asignadas a un funcionario de planta del estamento directivo o de jefaturas, y no al administrador municipal, por incompatibilidad legal. En consecuencia, no se advierte inconveniente en que el referido director asuma la función.