Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de un funcionario…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de un funcionario municipal designado en el escalafón de especialidad de inspectores de la planta administrativa, respecto a si puede conducir un vehículo municipal para cumplir sus labores. Se resolvió que sí resulta procedente, pues la especialidad se define por la función que desempeña el funcionario, y la labor de inspector requiere desplazamiento por la comuna. El uso del vehículo se ajusta a derecho siempre que sea un instrumento facilitador de dichas tareas y no una función en sí misma, complementando el dictamen N° 28.702, de 2016. No obstante, se advirtió que el interesado no habría rendido la caución exigida por el artículo 7° del decreto ley N° 799, de 1974, por lo que la Municipalidad de Santiago deberá informar al respecto a la I Contraloría Regional Metropolitana en un plazo de 20 días hábiles.

Normas citadas

  • dfl 14/19280/94 INTER art/3
  • CCI art/20
  • ley 18695 art/5 lt/c
  • ley 18695 art/63 lt/f
  • dl 799/74 art/2
  • dl 799/74 art/7
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un funcionario municipal de la planta administrativa, designado como inspector, conducir un vehículo municipal para cumplir sus labores?

En este caso, la Contraloría General de la República resolvió que sí es procedente, porque la especialidad se define por la función que cumple el funcionario y la labor de inspector exige desplazarse por la comuna. El uso del vehículo es conforme a derecho siempre que sea un instrumento para esas tareas y no una función en sí misma.

¿Qué requisito adicional debe cumplir un funcionario municipal que conduce un vehículo fiscal o municipal según la Contraloría?

En este caso, el organismo advirtió que el funcionario no habría rendido la caución exigida por el artículo 7° del decreto ley N° 799, de 1974. Por ello, la municipalidad debe informar sobre esta situación a la Contraloría Regional Metropolitana dentro de 20 días hábiles.

¿Cómo complementa este dictamen la jurisprudencia anterior sobre conducción de vehículos municipales?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el pronunciamiento complementa el dictamen N° 28.702, de 2016, manteniendo que el vehículo debe ser un medio facilitador de las tareas propias de la especialidad del funcionario.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2017 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la destinación de un funciona…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre reclamos de funcionarios muni…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la posibilidad de que el Dire…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la destinación de funcionario…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo relativo a la situ…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.