Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución N° 46 de la Sup…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución N° 46 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que sancionaba a un funcionario por infracciones cometidas en procedimientos sancionatorios contra una empresa del sector eléctrico. El afectado impugnó la sanción alegando la prescripción de la acción disciplinaria. El órgano fiscalizador constató que, entre el término de la primera etapa de las investigaciones y la formulación de cargos, transcurrió un lapso que, sumado al período posterior tras las calificaciones funcionarias, totalizaba más de cuatro años, superando el plazo establecido en el Estatuto Administrativo. En consecuencia, acogió el reclamo, declarando extinguida la responsabilidad administrativa por la causal de prescripción del artículo 157, letra d), del Estatuto Administrativo, y representó la resolución sancionatoria.

Normas citadas

  • ley 19880 art/12 num/5
  • ley 18834 art/157 lt/d
  • ley 18834 art/158
  • ley 18834 art/159
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Prescribe la responsabilidad administrativa de un funcionario público si la autoridad tarda más de cuatro años en formularle cargos?

En este caso, la Contraloría General de la República declaró extinguida la responsabilidad administrativa del funcionario por prescripción, porque entre el término de la primera etapa de las investigaciones, la formulación de cargos y el período posterior a las calificaciones funcionarias transcurrieron más de cuatro años, superando el plazo del Estatuto Administrativo.

¿Qué causal de extinción de la responsabilidad disciplinaria aplica el Estatuto Administrativo a los funcionarios públicos?

En este caso, el órgano fiscalizador acogió la prescripción de la acción disciplinaria prevista en el artículo 157, letra d), del Estatuto Administrativo, y con ello dejó sin efecto la sanción impuesta por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles mediante su resolución N° 46.

¿Puede la Contraloría General de la República anular una sanción administrativa impuesta por un servicio público?

En este caso, la Contraloría acogió el reclamo del funcionario sancionado y representó la resolución sancionatoria de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, al constatar que la acción disciplinaria ya había prescrito.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2015 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución de Gendarmería…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República acogió el reclamo de un funcionario de la Defens…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionari…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la alegación de prescripción…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República resolvió si la responsabilidad administrativa de…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.