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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionari…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionario de Gendarmería de Chile que pretendía la modificación de una sanción de destitución impuesta en un proceso disciplinario. El recurrente alegó la existencia de hechos nuevos, la prescripción de la acción disciplinaria y el otorgamiento del beneficio de la remisión condicional de la pena. El órgano contralor señaló que, si bien las sanciones pueden modificarse ante hechos nuevos que alteren lo resuelto, en este caso no se configuró tal supuesto. Respecto a la prescripción, indicó que, al existir hechos constitutivos de delito, el plazo aplicable es el de la acción penal (cinco, diez o quince años según el delito), no el de cuatro años del artículo 158 de la ley N° 18.834. Finalmente, precisó que la remisión condicional de la pena no inhabilita al funcionario para ejercer cargos públicos, pero ello no afecta la destitución ya impuesta. En consecuencia, rechazó la pretensión del interesado.

Normas citadas

  • ley 18834 art/120 inc/1
  • ley 18834 art/61 lt/b
  • ley 18834 art/61 lt/i
  • ley 18834 art/84 lt/l
  • ley 18575 art/62 num/4
  • ley 18834 art/158 inc/2
  • ley 18834 art/158 inc/1
  • ley 18575 art/54 lt/c
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede modificar una sanción de destitución en un proceso disciplinario de la Administración del Estado si el funcionario alega hechos nuevos?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que las sanciones pueden modificarse ante hechos nuevos que alteren lo resuelto, pero que dicho supuesto no se configuró, por lo que rechazó la pretensión del funcionario.

¿Cuál es el plazo de prescripción de la acción disciplinaria cuando los hechos investigados también constituyen delito?

En este caso, la Contraloría indicó que, al existir hechos constitutivos de delito, se aplica el plazo de prescripción de la acción penal (entre cinco y quince años según el delito) y no el plazo de cuatro años del artículo 158 de la ley N° 18.834.

¿La remisión condicional de la pena impide que un funcionario público siga ejerciendo cargos públicos o afecta una destitución ya impuesta?

En este caso, la Contraloría precisó que la remisión condicional de la pena no inhabilita al funcionario para ejercer cargos públicos, pero que ello no afecta la destitución ya impuesta.

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