Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un acuerdo de un concejo municipal que dispuso, de manera genérica, el carácter secreto de todas las sesiones de un mes, sin que tal medida estuviera incluida en la convocatoria de una sesión extraordinaria. El órgano fiscalizador concluyó que esa decisión no se ajustó a derecho, pues la regla general es que las sesiones del concejo sean públicas y la facultad de restringir ese carácter, prevista en el artículo 84, inciso cuarto, de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, es excepcional y debe justificarse caso a caso, en armonía con los principios de transparencia y publicidad de la ley N° 18.575. Por ello, instruyó a la municipalidad a abstenerse de adoptar actuaciones similares en el futuro. Asimismo, precisó que el carácter secreto de una sesión se limita a que se desarrolle sin público, y que las actas deben hacerse públicas una vez aprobadas.