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La Contraloría General de la República reconsideró parcialmente su dictamen N° 6.516, d…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República reconsideró parcialmente su dictamen N° 6.516, de 2017, que había cuestionado el pago de indemnizaciones por término de la relación laboral a extrabajadores de la Empresa Nacional de Petróleo (ENAP). El organismo concluyó que ENAP tiene atribuciones para celebrar contratos de transacción, según el artículo 2.246 del Código Civil, y que los acuerdos suscritos ante la Inspección del Trabajo en mediaciones laborales tuvieron por objeto precaver un eventual litigio, por lo que se encuentran dentro de los actos que la empresa puede realizar. Sin embargo, precisó que ENAP debe respetar en ese ejercicio el principio de probidad del artículo 8° de la Constitución y los principios de eficacia y eficiencia de la ley N° 18.575. Respecto del segundo punto, relativo a la existencia de concesiones recíprocas, otorgó a la empresa un plazo de 15 días hábiles para fundamentar su solicitud, pendiente de un pronunciamiento posterior.

Normas citadas

  • pol art/19 num/21 inc/2
  • ley 9618 art/2
  • dto 1208/50 ECONO art/19 lt/a
  • dto 1208/50 ECONO art/20
  • ley 9618 art/4
  • dto 1208/50 ECONO art/24 lt/b
  • CCI art/2246
  • pol art/8
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia

Preguntas frecuentes

¿Puede una empresa estatal como ENAP celebrar transacciones para pagar indemnizaciones por término de contrato de trabajo?

En este caso, la Contraloría General reconsideró parcialmente su dictamen anterior y concluyó que ENAP tiene atribuciones para celebrar contratos de transacción, según el artículo 2.246 del Código Civil. Los acuerdos ante la Inspección del Trabajo, al precaver un eventual litigio, quedan dentro de los actos que la empresa puede realizar.

¿Qué límites debe respetar una empresa estatal al celebrar transacciones con extrabajadores?

En este caso, el organismo precisó que ENAP debe respetar el principio de probidad del artículo 8° de la Constitución y los principios de eficacia y eficiencia de la ley N° 18.575. Estos principios rigen el ejercicio de esa facultad.

¿Qué ocurre cuando una transacción laboral implica concesiones recíprocas en una empresa pública?

En este caso, la Contraloría otorgó a ENAP un plazo de 15 días hábiles para fundamentar su solicitud sobre la existencia de concesiones recíprocas. Ese punto quedó pendiente de un pronunciamiento posterior.

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