Resumen
La Contraloría General de la República resolvió desestimar una solicitud de reconsideración presentada por una municipalidad respecto de órdenes de reintegro de beneficios pecuniarios percibidos indebidamente en el pago del incremento previsional del artículo 2° del decreto ley N° 3.501 de 1980. El organismo sostuvo que la existencia de acciones judiciales que buscan un método de cálculo distinto al previsto en la normativa y jurisprudencia administrativa no impide ejercer sus facultades del artículo 67 de la ley N° 10.336, incluidas auditorías, sumarios y órdenes de reintegro. Asimismo, declaró que los dictámenes invocados por la autoridad comunal no son aplicables, pues en esos casos hubo avenimientos judiciales aprobados por tribunal competente, circunstancia que no concurría aquí. Finalmente, puso en conocimiento del Consejo de Defensa del Estado los avenimientos mencionados para evaluar su impugnación, y encargó al alcalde, como jefe de servicio, materializar los descuentos correspondientes, sin perjuicio de que los funcionarios afectados puedan solicitar facilidades o condonaciones.