El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una persona contra l…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020
Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una persona contra la Tesorería General de la República, que buscaba acceder a expedientes administrativos de cobro. El Consejo concluyó que la entrega de esa información permitiría identificar a un deudor distinto del contribuyente o su representante legal, revelando datos de carácter personal protegidos por la Ley 19.628 y por el artículo 35 del Código Tributario. Por ello, configuró la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, al afectar la vida privada de ese tercero. La decisión fue adoptada por unanimidad y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.
Normas citadas
Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Qué causal de reserva de la Ley de Transparencia se aplica cuando la información revela datos personales de terceros?
En este caso, el Consejo sostuvo que se configura la causal del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia cuando la entrega afecta la vida privada de un tercero, al revelar datos de carácter personal protegidos por la Ley 19.628 y el artículo 35 del Código Tributario.
¿Cuál es el plazo para reclamar de una decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo de acceso a la información?
En este caso, la decisión se adoptó por unanimidad y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.
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