Resumen
La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración del dictamen N° 34.811, de 2017, que había concluido que el artículo 25 quinquies de la ley N° 19.300 no es aplicable a las declaraciones de impacto ambiental. La revisión prevista en esa norma es un mecanismo excepcional que procede solo cuando las variables ambientales consideradas en el plan de seguimiento evolucionan de forma sustancialmente distinta a la proyectada, o cuando las condiciones o medidas fijadas no se verifican, y se limita a los estudios de impacto ambiental, cuyo plan de seguimiento exige el legislador. El organismo, citando la historia de la ley N° 20.417, sostuvo que extender la revisión a las declaraciones vaciaría esa excepcionalidad, pues estas constituyen la regla general de ingreso al SEIA, y en consecuencia ratificó el criterio original.