Resumen
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Derechos Humanos, ordenándose la entrega de detalle del sumario administrativo realizado entre el 1 de agosto del 2024 y 13 de enero del 2025, que comprende información básica sobre la identificación del sumario; fecha de ingreso, motivo de causa, fiscal que investiga y avance del proceso. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, artículo 21 n.°5 de la Ley de Transparencia, en relación con la reserva prevista en el artículo 137 inciso 2° del Estatuto Administrativo. Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos roles C1813-18, C3324-18, C2057-20, C5442-22, C6876-22 y C1472-23, entre otras. Previo a la entrega el órgano deberá tarjar los datos personales y sensibles de contexto que pudieren estar contenidos en la información cuya entrega se ordena. Se rechaza el amparo respecto a la entrega de información sobre el nombre y cargo del denunciado, fundado en el principio de presunción de inocencia y el derecho de protección de datos personales.