Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo deducido contra la Subsecretaría de Hacienda referente a la entrega de copia del sumario consultado sin tarjar los nombres o identidades de funcionarios públicos declarantes en dicho procedimiento. Lo anterior, pues los datos anonimizados corresponden a la identidad de personas y declaraciones -funcionarios públicos- que concurrieron a declarar en calidad de testigos en el proceso. En efecto, el obrar del órgano requerido, al reservar dichos antecedentes en el sumario consultado, se aviene a lo dispuesto en los artículos 21 N°1 y N°2 de la Ley de Transparencia, como asimismo con los preceptos de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida de la Vida Privada. Aplica jurisprudencia amparo roles C1915-25, C10459-24 y C12130-24 entre otros.