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La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de dos exfuncio…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de dos exfuncionarias de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), quienes pedían determinar si tenían derecho al bono de la ley N° 20.305, alegando que cesaron antes de cumplir 60 años tras haber cotizado por trabajos pesados. La JUNJI y la Tesorería General de la República informaron que los antecedentes fueron devueltos, pues las peticionarias se desvincularon antes de la edad para jubilar y tramitaron una pensión de vejez, en lugar de la vejez anticipada por trabajos pesados del artículo 68 bis del decreto ley N° 3.500. El dictamen recordó que el bono exige, para las mujeres, tener 60 años, salvo lo dispuesto en el artículo 13 de la ley, que permite acceder al beneficio a quienes obtengan pensión por trabajos pesados. Tras revisar los antecedentes, el organismo constató que las solicitantes renunciaron voluntariamente antes de cumplir 60 años y no obtuvieron la jubilación del artículo 68 bis, por lo que concluyó que no tienen derecho al beneficio.

Normas citadas

  • Ley 20305 art/13
  • dl 3500/80 art/68 bis
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tiene derecho al bono de la ley 20.305 una mujer que dejó de trabajar antes de los 60 años por haber cotizado en trabajos pesados?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no, porque las solicitantes renunciaron voluntariamente antes de cumplir 60 años y tramitaron pensión de vejez, no la vejez anticipada por trabajos pesados del artículo 68 bis del decreto ley N° 3.500.

¿Qué exige la ley 20.305 para que una mujer acceda al bono cuando se acoge a una pensión por trabajos pesados?

El dictamen recordó que, para las mujeres, el bono exige tener 60 años, salvo lo dispuesto en el artículo 13 de la ley, que permite acceder al beneficio a quienes obtengan pensión por trabajos pesados. En este caso, las solicitantes no cumplieron ese requisito porque no obtuvieron esa jubilación.

¿Basta con haber cotizado en trabajos pesados para recibir el bono de la ley 20.305?

No necesariamente. En este caso, la Contraloría sostuvo que no basta haber cotizado por trabajos pesados: se requiere obtener efectivamente la pensión de vejez anticipada del artículo 68 bis del decreto ley N° 3.500, y las peticionarias no la obtuvieron.

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