Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió dos amparos interpuestos contra Carabineros de Chile por el acceso a hojas de vida de funcionarios policiales, denegadas por oposición de los terceros interesados. Acogió de forma íntegra uno de ellos y parcialmente el otro, ordenando la entrega de las hojas de vida de cinco funcionarios, fundando la decisión en que la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, obligación de rango constitucional. Dispuso que se tarjen los datos personales de contexto y las sanciones prescritas o cumplidas, conforme al principio de divisibilidad. Rechazó, en cambio, la entrega de la hoja de vida de un sexto funcionario, por estimar, con base en las causales de reserva del artículo 21 N°1 y N°3 de la Ley de Transparencia, que sus funciones de inteligencia podrían afectar el orden público y la seguridad pública.