Resumen
El caso se origina en una reclamación especial interpuesta por Sociedad Agrícola La Cascada Limitada contra la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 817 de 29 de abril de 2020, que rechazó su recurso de reconsideración contra la Resolución D.G.A. (Exenta) N° 2.820 de 30 de diciembre de 2019, la que fijó el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patentes por no uso para el proceso de cobro de 2020. La reclamante solicitó eliminar sus numerales 7871 y 7872, sosteniendo que las obras de captación se encontraban operativas y que sus derechos de aprovechamiento no estaban afectos a patente por no uso. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación y la sociedad dedujo recurso de casación en el fondo. Ante la Corte Suprema, denunció la infracción de los artículos 346 N° 3 y 425 del Código de Procedimiento Civil, por no valorar las fotografías acompañadas y por otorgar plena prueba al informe de la DGA. La Corte Suprema rechazó el recurso, señalando que el informe de la DGA goza de la presunción de legalidad del acto administrativo y que la reclamante no desvirtuó esa carga. Concluyó que lo censurado era la ponderación de la prueba, materia propia de los jueces del fondo y no revisable en casación, sin una vulneración eficaz de las leyes reguladoras de la prueba.