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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una persona en contra de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una persona en contra del Servicio de Salud Arauco, relativo a la solicitud de información sobre el término de contrato de las obras civiles de la reposición del Hospital de Cañete. El organismo no acreditó la entrega de la información ni alegó causales de secreto o circunstancias de hecho que ponderar, y tampoco presentó descargos ante el Consejo. En consecuencia, se ordena entregar la información solicitada o, en caso de no existir total o parcialmente, explicar y acreditar pormenorizadamente esa circunstancia en la etapa de cumplimiento. Además, se representa al organismo su falta de colaboración, en infracción a los artículos 34 y 11 de la Ley de Transparencia, y se le encarga adoptar medidas para evitar su reiteración.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un organismo público no responde a una solicitud de información bajo la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra el Servicio de Salud Arauco, que no acreditó la entrega de la información ni presentó descargos. El Consejo ordenó entregar la información o, si no existe, acreditarlo, y representó la falta de colaboración.

¿Puede el Consejo para la Transparencia acoger un amparo si el organismo no presenta descargos?

Sí, en este caso el Consejo acogió el amparo porque el organismo no presentó descargos ni alegó causales de secreto o circunstancias de hecho que ponderar. Así, la falta de respuesta del organismo fue determinante para resolver a favor de quien pidió la información.

¿Qué consecuencias tiene para un organismo público no colaborar con el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo representó al Servicio de Salud Arauco su falta de colaboración, en infracción a los artículos 34 y 11 de la Ley de Transparencia, y le encargó adoptar medidas para evitar su reiteración. No se describen sanciones adicionales en el resumen.

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