Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre los decretos alcaldicios que modifican la sanción propuesta en sumarios administrativos que ella instruye en municipalidades. Conforme al artículo 133 bis de la ley N° 10.336, cuando la autoridad edilicia impone una sanción distinta a la propuesta, debe hacerlo mediante resolución fundada, sujeta al trámite de toma de razón. El órgano fiscalizador examinará en el control preventivo de legalidad si la motivación es objetiva, atingente a la situación investigada y ajustada a la legalidad. Asimismo, precisó que tales actos solo rigen una vez tomada razón y notificados a los afectados, y que el carácter firme de un decreto no impide su revisión. Respecto de un fallo judicial invocado por la Municipalidad de Valdivia, recordó el efecto relativo de las sentencias, que solo alcanza a quienes fueron parte del proceso. Finalmente, reiteró lo resuelto en oficios de la Contraloría Regional de Los Ríos y ordenó informar su cumplimiento en diez días hábiles.