Resumen
La Contraloría General de la República desestimó la solicitud de reconsideración presentada por la Municipalidad de Lago Ranco, que buscaba modificar las medidas disciplinarias propuestas por la Contraloría Regional de Los Ríos en su oficio N° 4.628, de 2011, y que el municipio había representado mediante el decreto alcaldicio N° 3.215, de 2011. El organismo contralor concluyó que la autoridad edilicia debe fundar cualquier cambio de sanción en el mérito del proceso y en las atenuantes y agravantes concurrentes, y no en una apreciación subjetiva o en la reevaluación de infracciones ya acreditadas en el sumario. Asimismo, rechazó que la escasez de personal y la sobrecarga de trabajo municipal justificaran no aplicar sus dictámenes, recordando su carácter obligatorio para la Administración del Estado. Respecto de la absolución de dos funcionarios, precisó que el alcalde no puede desconocer una responsabilidad administrativa que fue acreditada en el proceso disciplinario. Por ello, el oficio original fue ratificado en todas sus partes.