Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN), que había sido requerido por la entrega de un catastro vectorial y georreferenciado de los relaves mineros, antiguos y activos, de la comuna de Copiapó. El Consejo ordenó la entrega de la información. Si ésta, o parte de ella, no obra en poder del órgano, deberá comunicarlo al reclamante y al Consejo, con las razones detalladas. Se fundamentó en que la información debe estar en poder del Servicio, tiene carácter público, y el órgano no invocó causal de reserva ni acreditó su entrega. Además, se representó al Director Nacional la infracción a los plazos de respuesta del artículo 14 de la Ley de Transparencia y la falta de colaboración por no contestar el traslado del amparo, conforme al artículo 34 de la misma ley. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.