Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de reconsideración relativa al pago del sobresueldo por especialidad de informática en la Policía de Investigaciones de Chile. El órgano concluyó que dicho beneficio procede solo desde la entrada en vigencia del reglamento que lo regula, y que el plazo para reclamar el pago de estipendios adeudados es el de seis meses del artículo 99 de la ley N° 18.834, aplicable supletoriamente por el Estatuto del Personal de la institución, y no el de cinco años del Código Civil. Respecto de los dictámenes anteriores invocados, precisó que la ley N° 18.834 no distingue entre servidores en actividad y exservidores, por lo que no cabe formular distinciones no contempladas por el legislador. Asimismo, indicó que un criterio previo favorable en materia de sobresueldo por especialidad de contador general fue alterado por un dictamen posterior, a partir de la entrada en vigencia de la ley N° 20.344. Por no existir nuevas alegaciones que justifiquen modificar el pronunciamiento anterior, se ratificó el dictamen N° 80.552, de 2013.