Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado por un reclamante contra el Servicio de Impuestos Internos, que había denegado el acceso a datos de la B.C.B.I. de predios urbanos de la Región Metropolitana. El Consejo ordenó la entrega de los datos catastrales solicitados, en cualquier formato, por cuanto el organismo no acreditó que su entrega afectara el funcionamiento de sus funciones, y el solicitante aceptó cualquier formato. En cambio, rechazó el amparo respecto de la información cartográfica o espacial, por configurarse la causal de reserva de distracción indebida del artículo 21 N°1, letra c), de la Ley de Transparencia, dado el tiempo y los recursos humanos que su sistematización requeriría. Se fijó un plazo de 10 días hábiles para la entrega, bajo apercibimiento legal.